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28 de Mayo, 2009    Abogado Laboralista en Madrid Derecho Laboral

ABOGADOS LABORALISTAS EN MADRID RESOLVERAN VUESTRAS CONSULTAS EN MATERIA DE DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL. Despidos Improcedentes, Reclamaciones por Incapacidad Permanente, etc.

Valero & Saiz & asociados

Abogados - Economistas

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Valero & Saiz Abogados es un despacho jurídico multidisciplinar con sede social en Madrid que inicia su actividad en el año 1996. Abarca todas las materias del derecho, estando al frente de cada una de ellas un letrado con mas de diez años de experiencia en la profesión.

En materia de derecho laboral defendemos los intereses de trabajadores y pequeñas y medianas empresas ( Pymes ) y abarcamos asuntos como despidos disciplinarios, despidos objetivos, extinción de contratos temporales, finiquitos, reclamaciones de derechos y de cantidad, etc...

En materia de seguridad social defendemos los intereses de trabajadores que como consecuencia de enfermedad comun o accidente causan baja en la empresa y tras un periodo inicial de incapacidad temporal, solicitan al INSS el reconocimiento de incapacidad permanente y no les es reconocido. Nos encargamos de estudiar cada caso y de plantear la reclamación administrativa y despues judicial para el reconocimiento de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados ( parcial, total, absoluta y gran invalidez ). En esta materia estamos especialmente sensibilizados con enfermedades como fibromialgia, sindrome de fatiga cronica y enfermedades asociadas a estas.

A traves de esta web ofrecemos orientación gratuita on line. Asi mismo ofrecemos la posibilidad de concertar cita personalizada en nuestro despacho con examen de documentación, consulta que será atendida por el responsable del area, D. Vicente Javier Saiz Marco

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publicado por abogadolaboral a las 09:15  ·  775 Comentarios  ·  Recomendar
 
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José (duranbenitezma@...) pregunta: Buenas, mi caso es el siguiente; trabajo en un ayuntamiento desde el 2001. En el año 2004 empecé a cobrar mi primer trienio (5% de salario base) en el año 2004. En el 2005 se firmó un convenio colectivo donde se congelaban los convenios a partir del 2º, es decir, solo se cobraría un trienio. Sin embargo cuando en el 2007 cumplí mi segundo trienio, también empecé a cobrarlo (5% 5%). Llevo cobrando los dos trienios desde el 2007, y este mes me han quitado el 2º trienio porque dicen que no debería de estar cobrándolo. ¿Pueden quitarme algo que llevo cobrando 2 años?, ¿No es ya un derecho adquirido?, ¿Podrían hacerme devolver el dinero que he cobrado? Muchas Gracias...

Respuesta: Buenas tardes, su pregunta es compleja porque para constestarla es necesario conocer el texto del convenio al que alude. Con caracter general le diré que si el convenio limita el devengo del segundo trienio no deberían de haberle ido pagando ese segundo 5%, no obstante al haberselo pagado de forma continuada en el tiempo es algo que podriamos denominar como consolidado. No obstante es una cuestión jurídica que deja mucha cabida a la interpretación por ello la unica respuesta la tedria el juzgado al que usted pudiera poner en conocimiento los hechos.. Saludos
publicado por José, el 02.06.2009 09:01
Sandra (deddee_1983@...) pregunta: Buenas noches, en realidad tengo dos preguntas... llevo 3 años y 7 meses trabajando en una empresa de telemarketing. Los 3 primeros años la empresa era una sociedad y se llamaba de una forma y desde septiembre del año pasado uno de los socios creó una nueva empresa donde fuimos todos los empleados de esta primera. Después de siete meses de trabajo en esta nueva empresa me dan dos opciones, reducir mi jornada laboral a seis horas, según ellos por falta de productividad o me invitan a irme de la empresa. Mis contratos antes eran por obra y servicio en función de campañas de emisión de llamadas, es decir, en función de ventas llamando a clientes, y desde hace siete meses es de recepción de llamadas. Siempre he desarrollado ambas funciones aunque en mis contratos sólo constase una.Ahora me "echan" porque mis ventas de emisión no son productivas, ¿podría denunciarlos? En cuanto a la segunda pregunta tiene que ver con el hecho de que cuando la empresa cambió de razón social no se me finiquit
publicado por Sandra, el 02.06.2009 09:03
Buenas tardes, le voy a contestar no sin antes decirle que seria necesario ver los dos contratos y las nominas con ambas empresas, no obstante con lo que me cuenta lo logico es pensar que se ha producido una subrogacion de la empresa actual con el contrato que le vinculaba con la anterior esto significa que la ultima empresa debe respetar lo firmado entre usted y la anerior. En cuando al despido es recurrible ya que la empresa debe probar sin ningun genero de dudas que ese descenso de productividad es voluntario por su parte. Para ampliar esta información y asesorarle acerca de las acciones que puede interponer puede pedir cita en el 915309698, saludos
publicado por Vicente J. Saiz, el 02.06.2009 09:04
MARIA (begogt68@...) pregunta: Como a finales de abril llevaré 24 m. trabajando en mi empresa, pasare directamente a la categoria de indefinida teniendo en cuenta el anterior articulo del estatuto de los trabajadores? o por el contrario puede la empresa despedirme por terminación de contrato? si llegara ese momento puedo negarme a firmar el finiquito y denunciar mi contrato? siempre y cuando tenga posibilidades de ganar. Muchas gracias por su ayuda.
publicado por María, el 02.06.2009 09:05
Buenas tardes, si la empresa podrá prescindir de usted antes de alcanzar los 24 meses solo en el caso que justifique que la obra o servicio para la que fue contratada ha finalizado. Si no se puede justificar porque no haya finalizado esa obra o servicio, entonces cualquier despido será improcedente y usted tendrá 20 dias para reclamar frente a ese despido. saludos
publicado por Vicenye J. Saiz - Abogado, el 02.06.2009 09:06
03/06/2009 - jose () pregunta: Hola llevo 3años y medio en una empresa de controlador y lo que hago es cobrar dinero a una empresa de autobuses a los conductores diario o sea millones estoy luchando para que me den el quebranto de moneda y nada pero ahora tenemos que pagar los des cuadres que hago
publicado por JOse, el 03.06.2009 11:15
Buenos dias, la solución a su problema pasa por mostrarnos su contrato y nominas y a la vista de tales documentos valorar una reclamación judicial por este concepto, saludos
publicado por Vicente J. Saiz - Abogado, el 03.06.2009 11:16
Miriam () pregunta: Hola quería hacer una pregunta: Mi esposo tiene un contrato por obra donde nunca a estado desde hace 2 años en nomina le dan 1000 a 1045 y la pagaextra (2) 1200 aproximadamente, ahora le an querido hacer firmar un papel donde dice que acepta que le rebajen a 700; el no la a firmado, donde puedo acudir. Ademas cuando va al medico traendo jestificante le quieren descontar el dia d las vacaciones.
publicado por Miriam, el 03.06.2009 11:17
Buenos dias, de momento salvo el descuento de ese dia que fue al medico, la empresa no ha cometido ningun incumplimiento, entiendame, siempre que su esposo no firme documento alguno sin que sea supervisado por un abogado laboralista. En cuanto a su contrato, a pesar de constar como de obra y servicio este sera a todas luces indefinido si si es cierto lo que afirma en relacion a la no ocupación en la obra para la que fue contratado. Saludos
publicado por Vicente J. SAiz - Abogado, el 03.06.2009 11:18
Buenas noches, Me gustaria saber cuanto me cobrarian por calcularme el finiquito que mi empresa me tiene que pagar ya que en una semana se termina el contrato.Y me paree que lo que me quieren pagar no es correcto. Gracias
publicado por rosa, el 05.06.2009 07:31
Buenos dias, la consulta presencial en nuestro despacho tiene un importe de 50 euros e incluye el calculo del finiquito. saludos
publicado por vicente javier saiz marco, el 05.06.2009 07:32
Hola muy buenas ,he trabajado para una empresa de seguridad 4 meses y medio,he tenido problemas con un compañero,me amenazaba y me ofendia,he avisado al inspector y siendo amigo con el empezo ha ponerme turno de noche de 12 horas despues me enviaba en otro lado sin darme tiempo de descanso,he trabajado 17 dias consecutivas y despues me llamo para que me voy a la empresa y me encontre con la baja por el motivo de falta muy grave malestar del cliente,siendo todo una mentira,no me dejaron llevarme mis cosas personales,no me pediron el echipamento de trabajo y no me dieron la cartilla de vigilante para poder irme a otra empresa,me engañaron y con el dinero,por favor si me podeis ayudar
publicado por ioana, el 05.06.2009 07:36
Buenos dias, todo lo que refleja en la consulta son incumplimientos de la empresa, si no han transcurrido 20 dias desde el despido pidanos una cita en el 915309698 y le ayudaremos. saludos
publicado por vicente javier saiz marco, el 05.06.2009 07:39
Buenas dias :
LLevo 14 años siendo apoderado de una empresa,no teniendo accionariado,pero "oficialmente" figuro en las escrituras de constitucion como accionista,por lo que soy un testaferro o hombre de paja realmente. Durante años estuve levantando la empresa llevando el area financiera y todo iba bien por un sueldo pactado.Mi jefe siempre habia estado muy contento por como le llevaba el negocio,pero en el mes de Febrero de este año, sin comentarme nada,me bajo el sueldo en un concepto de la nomina que se llama "MEJORA ABSORBENTE" por lo que me ha dejado el sueldo en menos de lo que cobraba hace 14 años atras.El lo ha hecho unilateralmente sin consultarme.Ahora me ha pasado al departamento comercial,a ver si vendo,cuando yo no soy vendedor y en los 14 años que trabajo en esa empresa nunca he ejercido.Ademas ha habido aumentos de sueldo a su gerente y al resto del personal.NO bajandoselos como a mi.
Mis preguntas son:
1ª ¿Que puedo hacer? ¿Me puede bajar la nomina sin mi consentimiento,puesto que no hay nada firmado?Puedo demostrar el salario que cobraba todos los meses y que para mi era fijo.
2ª Por ser "apoderado" resulta que estoy en autonomos,cuando realmente tengo un documento en el que se ve un valor de accionariado de un 10% y por ello yo tendria que estar en el regimen general de un trabajador normal?Puedo reclamar un desempleo?
3ª ¿Que posibilidades tengo en este caso?
Espero sus noticias.
publicado por JOSE, el 09.06.2009 04:49
Buenos dias, con caracter genearl le respondere que hay cantidades que se consolidan al salario por lo que en esos casos no puede haber reducción unilateral por la empresa; si usted es accionista es porque debio comparecer ante notario a dar el visto bueno para ello; la condicion de accionista es compatible con la de apoderado.

Para ampliar esta respuesta generica es necesario es estudio de documentación relativa a constitución de la sociedad, contrato laboral, nominas, etc....
publicado por Vicente Javier Saiz Marco, el 09.06.2009 08:10
el día 8/05/2009 recibí en mi domicilio un burofax de MC mutual el cual les pongo el texto integro:

esta entidad ha tenido conocimiento de que encontrándose vd. en situación de it realiza actividades incompatibles con el tratamiento medico y que revelan que vd no cumple con el requisito de "estar impedido para el trabajo"previsto en el articulo 128.1a ) de la lgss

por ello y en base a lo establecido en art 132 de la ley general de la seguridad social y los artículos 6 y 7 del codigo civil y en virtud de las facultades prevista por el art 80.1 de RD 1993/95 le comunicamos que desde 24 de abril de 2009 se ha procedido a suspenderle la prestacion económica que percibe

lo que ponemos en su conocimiento
----------------------------------
el día 13/05/2009 le puse una nota en la mutua que me sellaron reclamando mis prestaciones el día 01/06/2009 le pregunte que si sabían algo a lo que me contestaron que diese el no por respuesta por silencio administrativo el día 01/06/2009 deje la misma reclamacion el las oficinas de I.N.S.S

en estos momentos sigo de baja medica por la seguridad social y por la mutua con fecha 9/06/2009 pero sin cobrar los médicos me recomiendan hacer una vida normal (medico de la mutua medico de familia y medico de salud mental
desde que estoy de baja lo único que hago es estar en casa llevar a mis hijas al colegio ( a veces en coche) ir a la compra y poco mas mi profesión es conductor de trailers en carretera cargado frecuentemente con materias A.D.R.(materias peligrosas) y mi patología para estar de baja es que me dan vértigos y inestabilidad afectando al sentido del equilibrio

con todo ello les agradecería me indicasen que podría hacer para recuperar la prestacion económica y poder seguir con el tratamiento medico
publicado por agustín, el 09.06.2009 15:13
fran (), ha enviado el siguiente mensaje para Usted, desde la sección Contacto de su Blog: Asunto: paga de verano estoy de baja por it desde febrero y mi convenio es el de la construccion de madrid,quisiera saber si tengo derecho a la paga extra de verano integra y si no,en que proporcion. gracias
publicado por Fran, el 10.06.2009 11:53
Saludos.
Mi consulta es la siguiente.estube tres meses de baja por accidente de trabajo y durante esos tres meses creo que no me pagaron lo que me pertenece,me explico yo aparte de mi sueldo base cobro las pagas divididas en 12 meses reclame y me dieron todo tipo de excusas,que estaba todo bien,que si era la parte proporcional y el colmo cuando me dijeron que todo entraba en lo que cobraba por la mutua.Creo que la mutua te paga el sueldo base no la parte proporcional de las pagas corrijame si me equiboco y aparte de eso las subidas del combenio las pagan a su combeniencia con pequeñas cantidades acuenta cada mes y no se si me pagan lo que me pertence pues pregunto y la verdad que me lian diciendo tanto de este mes cuanto del otro pero yo no lo veo nunca nada claro porque no me cuadran nunca las cuentas con en combenio sobre todo el año 2007 y 2008.
Atentamente.
publicado por Concepcion Escudero sierra, el 10.06.2009 12:01
Hola me llamo ruben, a mi novia que es cajera de una tienda de juguetes le han estafado con el timo del cambio, su empresa le pretende reclamar la cantidad de 100 euros que le han sustraido, ella tiene contrato de ayudante de dependienta por seis meses y si no lo paga la echan. Tiene derecho la empresa a reclamarselo o ha echarla si no lo paga. Gracias un saludo
publicado por ruben vila, el 11.06.2009 11:06
Buenas tardes, en principio no veo base para que la empresa le descuente ese dinero salvo que con anterioridad la empresa hubiera prevenido a los trabajadores frente a estos hechos y hubiera puesto a su disposicion dispositivos para evitar el fraude. Si no ha sido asi en el momento que le descuenten ese dinero puede reclamarlo judicialmente. saludos
publicado por vicente javier saiz marco, el 11.06.2009 11:08
pregunta: Hola. Trabajo hace 10 años como autonomo para MRW. Tengo 55 años. Pedï a la empresa un contrato laboral, y me dicen que si no les sale nada, lo hacen. Que yo averigue sobre subvemciones o ayudas a las empresas. Existen ayudas para que me contraten y que no los perjudique hacerlo? Gracias.
publicado por Raul Torres Tejada, el 11.06.2009 11:13
Buenas tardes, si usted solo tiene como cliente a MRW entonces su relación se asimila a la laboral en el sentidi de que si ellos prescinden de sus servicios puede reclamar como despido con la indemnizacion correspondiente. No obstante seria conveniente valorar su caso con documentación. saludos
publicado por vicente javier saiz marco, el 11.06.2009 11:16
el d・a 8/05/2009 recib・ en mi domicilio un burofax de MC mutual el cual les pongo el texto integro: esta entidad ha tenido conocimiento de que encontr・ndose vd. en situaci・n de it realiza actividades incompatibles con el tratamiento medico y que revelan que vd no cumple con el requisito de "estar impedido para el trabajo"previsto en el articulo 128.1a ) de la lgss por ello y en base a lo establecido en art 132 de la ley general de la seguridad social y los art・culos 6 y 7 del codigo civil y en virtud de las facultades prevista por el art 80.1 de RD 1993/95 le comunicamos que desde 24 de abril de 2009 se ha procedido a suspenderle la prestacion econ・mica que percibe lo que ponemos en su conocimiento----------------------------------el d・a 13/05/2009 le puse una nota en la mutua que me sellaron reclamando mis prestaciones el d・a 01/06/2009 le pregunte que si sab・an algo a lo que me contestaron que diese el no por respuesta por silencio administrativo el d・a 01/06/2009 deje la misma reclamacion el las oficinas de I.N.S.S en estos momentos sigo de baja medica por la seguridad social y por la mutua con fecha 9/06/2009 pero sin cobrar los m・dicos me recomiendan hacer una vida normal (medico de la mutua medico de familia y medico de salud mental desde que estoy de baja lo ・nico que hago es estar en casa llevar a mis hijas al colegio ( a veces en coche) ir a la compra y poco mas mi profesi・n es conductor de trailers en carretera cargado frecuentemente con materias A.D.R.(materias peligrosas) y mi patolog・a para estar de baja es que me dan v・rtigos y inestabilidad afectando al sentido del equilibrio con todo ello les agradecer・a me indicasen que podr・a hacer para recuperar la prestacion econ・mica y poder seguir con el tratamiento medico
publicado por hariguay, el 11.06.2009 11:21
Buenas tardes, la consulta que nos plantea requiere de estudio documental por lo que si asi lo desea podemos atenderle personalmente en nuestro despacho, saluddos
publicado por vicente javier saiz marco, el 11.06.2009 11:23
paga de verano estoy de baja por it desde febrero y mi convenio es el de la construccion de madrid,quisiera saber si tengo derecho a la paga extra de verano integra y si no,en que proporcion. gracias
publicado por pakeras, el 11.06.2009 11:27
Buenas tardes, al estar de baja medica no le corresponde paga extra devengada durante el tiempo en que haya permanecido en esta situación, saludos
publicado por vicente javier saiz marco, el 11.06.2009 11:28
Saludos.Mi consulta es la siguiente.estube tres meses de baja por accidente de trabajo y durante esos tres meses creo que no me pagaron lo que me pertenece,me explico yo aparte de mi sueldo base cobro las pagas divididas en 12 meses reclame y me dieron todo tipo de excusas,que estaba todo bien,que si era la parte proporcional y el colmo cuando me dijeron que todo entraba en lo que cobraba por la mutua.Creo que la mutua te paga el sueldo base no la parte proporcional de las pagas corrijame si me equiboco y aparte de eso las subidas del combenio las pagan a su combeniencia con pequeñas cantidades acuenta cada mes y no se si me pagan lo que me pertence pues pregunto y la verdad que me lian diciendo tanto de este mes cuanto del otro pero yo no lo veo nunca nada claro porque no me cuadran nunca las cuentas con en combenio sobre todo el año 2007 y 2008.Atentamente.
publicado por conchi, el 11.06.2009 11:32
Buenas tardes, su consulta es compleja porque veo que son muchas las dudas que se le plantean en relacion a las cantidades que cobra de la empresa. Con caracter general le dire que durante los tres meses en que esta de baja no devenga por paga extra. En cuanto a las subidad
s de convenio lo que debe de comprobar es si realmente se lo abonan y si no es asi puede plantear una reclamacion de cantidad via judicial. saludos
publicado por vicente javier saiz marco, el 11.06.2009 11:35
Hola, he estado de baja desde nov. del 2008, hasta mayo 2009, y le comento de que llevo trabajando en la misma empresa más de 2 años, y mi problema ahora esque me tocaba un mes de vacaciones en dic. del 2008, pero como me dieron la baja x accidente laboral un mes antes, no pude cojer mis vacaciones hasta ahora, y resulta que en la empresa me dijeron que solo me darían 15 días de vacaciones del año 2008.siendo que me corresponden 30 días.. Ahora, nosé que hacer, xq para ellos es fácil decir que no hay mucho trabajo por el tema de la crisis, y que si no me gusta la idea es problema mío... pero yo los necesito para ir un mes entero a mi país y ellos lo saben. Pero no quisiera problemas con nadie. Qué puedo hacer?
un saludo y muchisimas gracias!
publicado por Hector Ulises, el 13.06.2009 14:24
Hola.


Estoy contratada en la misma empresa desde enero de 2006. Primero tuve un contrato de un año, del 02/01/06 al 31/12/06. Actualmente tengo un contrato de relevo desde el 01/01/07, que vence el 17/06/09, por jubilacion del trabajdor que comparte contrato conmigo. Mi empresa dice que me van a hacer indefinida, pero no me han comunicado nada por escrito, y creo que a dia 18 no tendre el contrato en mi poder. Mi pregunta es, si no me han comunicado por escrito con 15 dias de antelación la finalización del contrato, ni me han hecho ninguna comunicacion por escrito, si el 18 no firmo el nuevo contrato, ¿cual será mi situación? estaré sin contrato, en situación de desempleo, o pasa autamticamente a ser un contrato indefinido?



Gracias.



un saludo,
publicado por Isabel, el 14.06.2009 18:26
Buenas tardes, mi cosnulta es la siguiente: Llevo trabajando en la empresa 6 años, y desde hace 6 meses no me pagan la nómina. Incluso me deben comsiones desde hace más de dos años. La empresa no me espide, y temo irme poruqe perdería todos los drechos¿qué puedo hacer?¿puedo denunciar a la empresa e irme solicitando la indemnización correspondiente?¿a dónde tendría que dirigirme?¿puedo solictar el paro si me doy de baja por depresión?Por favor, es urgente, solicito respuesta, porque estoy divorciado y llevo dos meses sin pasar la manutención de mi hijo.Estoy empezando a tener problemas de salud, ya que además vivo de alquiler y no puedo afrontrar todos los gastos. Gracias
publicado por Jorge, el 14.06.2009 18:38
Buenos días,

He visto en un foro sobre trabajo un post suyo.

Si fuera tan amable de asesorarme, se lo agradecería enormemente.

Le comento la situación.

Mi mujer, lleva 4 meses embarazada. Está trabajando en una escuela infantil con un contrato por obra y servicio.
Actualmente, está de baja debido a las molestias que está teniendo con el embarazo, y aún le quedan unas 3 semanas más de baja.

El caso es que esta mañana le han llamado de la escuela en la que trabaja diciendola que se pasara por allí para firmar los papeles del despido.

Nuestra duda es si la pueden despedir estando de baja, y embarazada con ese tipo de contrato. Y si el resultado es afirmativo, si el despido sería procedente, o improcedente. Que indemnización le correspondería... En definitiva, que deberíamos hacer.
publicado por Roberto Ortiz, el 15.06.2009 09:17
Buenos dias, la empresa puede notificar un despido en cualquier momento, lo cual no significa que sea procedente. Tienen ustedes 20 dias para reclamar frente a ese despido. Si lo creen conveniente pidan cita en nuestro despacho en el 915309698
publicado por Vicente Javier Saiz Marco, el 15.06.2009 09:19
Hola, he estado de baja desde nov. del 2008, hasta mayo 2009, y le comento de que llevo trabajando en la misma empresa más de 2 años, y mi problema ahora esque me tocaba un mes de vacaciones en dic. del 2008, pero como me dieron la baja x accidente laboral un mes antes, no pude cojer mis vacaciones hasta ahora, y resulta que en la empresa me dijeron que solo me darían 15 días de vacaciones del año 2008.siendo que me corresponden 30 días.. Ahora, nosé que hacer, xq para ellos es fácil decir que no hay mucho trabajo por el tema de la crisis, y que si no me gusta la idea es problema mío... pero yo los necesito para ir un mes entero a mi país y ellos lo saben. Pero no quisiera problemas con nadie. Qué puedo hacer?un saludo y muchisimas gracias!
publicado por emmanuel jesus, el 15.06.2009 09:24
Buenos dias, le puedo decir que con caracter general las vacaciones deben de disfrutarse en el mismo año en que se devengan sino se pierden, saludos
publicado por Vicente Javier Saiz Marco, el 15.06.2009 09:27
Hola. Estoy contratada en la misma empresa desde enero de 2006. Primero tuve un contrato de un a駉, del 02/01/06 al 31/12/06. Actualmente tengo un contrato de relevo desde el 01/01/07, que vence el 17/06/09, por jubilacion del trabajdor que comparte contrato conmigo. Mi empresa dice que me van a hacer indefinida, pero no me han comunicado nada por escrito, y creo que a dia 18 no tendre el contrato en mi poder. Mi pregunta es, si no me han comunicado por escrito con 15 dias de antelaci髇 la finalizaci髇 del contrato, ni me han hecho ninguna comunicacion por escrito, si el 18 no firmo el nuevo contrato, 縞ual ser?mi situaci髇? estar?sin contrato, en situaci髇 de desempleo, o pasa autamticamente a ser un contrato indefinido? Gracias. un saludo, _
publicado por Maria Isabel, el 15.06.2009 09:30
Buenas tardes, si tiene usted un contrato temporal es necesario preaviso para darlo por concluido. Usted siga prestando servicios y si la empresa no le comunica nada el contrato pasara a ser indefinido, saludos
publicado por Vicente Javier Saiz marco, el 15.06.2009 09:35
Buenas tardes, mi cosnulta es la siguiente: Llevo trabajando en la empresa 6 años, y desde hace 6 meses no me pagan la nómina. Incluso me deben comsiones desde hace más de dos años. La empresa no me espide, y temo irme poruqe perdería todos los drechos¿qué puedo hacer?¿puedo denunciar a la empresa e irme solicitando la indemnización correspondiente?¿a dónde tendría que dirigirme?¿puedo solictar el paro si me doy de baja por depresión?Por favor, es urgente, solicito respuesta, porque estoy divorciado y llevo dos meses sin pasar la manutención de mi hijo.Estoy empezando a tener problemas de salud, ya que además vivo de alquiler y no puedo afrontrar todos los gastos. Gracias _______________________________________________________________ Saludos cordiales
publicado por jorge, el 15.06.2009 09:37
Buenas tardes, usted puede presentar una demanda contra su empresa reclamando las cantidades pendientes e incluso solicitarle al juez que autorice la rescision de su contrato, pero hasta que eso ocurra no debe dejar de trabajar porque perderia sus derechos. Si quiere pedir una cita en nuestro despacho llame al 915309698
publicado por Vicente Javier Saiz Marco, el 15.06.2009 09:39
Hola, soy fija discontinua en una empresa hortofrutícola o sector agroalimentario, tengo antigüedad reconocida en una primera empresa de junio de 1990. Esta incorporó un nuevo nombre o se "subrogó" en febrero de 2003 y ahora me despiden. Quería preguntar si existe algún modo de conseguir que me respeten la antigüedad, porque en el documento de despido me figuran 1900 días trabajados y mis cuentas son de por lo menos 3000 días trabajados, así que creo que quieren contarme a efectos del despido desde la Subrogación a la segunda empresa. ¿Qué podría hacer?:
publicado por Christianne T.V., el 16.06.2009 07:34
Hola soy Christianne, la del mensaje anterior; os aporto más datos por si me podéis ayudar. Gracias por anticipado.

El cambio de "titularidad de la empresa", sin perdida del anterior que coexistió y todavía existe, se realizó con el mismo titular como Apoderado, el centro de trabajo, aunque cambió de lugar, siempre ha sido el mismo para las dos empresas; cedente y cesionaria. Idénticas tareas, mantenimiento de casi todos los datos de exportadores, registros sanitarios, soivre, etc. Exceptuando el C.I.F. y nombre de la empresa todo en ella siguió siendo lo mismo. ¿Nos perjudicaron a los trabajadores? en el cambio, no se nos informó debidamente sobre nada en que pudiésemos resultar afectados por la tramitación y el cambio de titularidad o subrogación.
publicado por Christianne T.V., el 16.06.2009 07:45
Buenas tardes.

El asesoramiento que necesito es laboral, porque yo trabajo de carpintero y hace ya unos meses me despidieron de mi trabajo de forma improcedente. Yo tenía un contrato fijo y llevaba trabajando en la empresa unos 30 años, y un día me dirigía a mi trabajo y mi jefe había cerrado la empresa sin avisarnos y se declaraba en quiebra.

El caso es que ahora sabemos que mi antiguo jefe tiene una empresa con otros 2 socios y la está llevando a pesar de habernos despedido sin darnos el dinero que nos correspondía y haberse declarado en quiebra.

Mi jefe ya es mayor y se quería jubilar, pero la empresa la cerró antes de poderse jubilar.

He consultado a otros abogados y me han dicho que como mínimo el fondo salarial me tendría que pagar unos 4 millones, pero si me pagara mi jefe me tendría que dar más de 10 por llevar 30 años en la empresa, pero también me han dicho que está algo complicado aunque yo no lo veo así y me gustaría saber una segunda opinión.

Así que mi pregunta es, ¿¿tengo posibilidades de ganar el caso??, ¿cuanto dinero me puedo llevar como mínimo? ¿y como máximo?
¿cuando dinero cobraríais vosotros por llevarlo este caso?
Mi abogado me cobra el 8% del total, pero no le veo que haga mucho, si me cobráis menos tal vez me interese más que lo lleve otra persona.
publicado por Samuel, el 17.06.2009 14:21
Hola.Mi empresa tiene problema para pagar a los empleados .Llevo 2 meses sin cobrar y estoy a punto de damandar a la empresa.La empresa nos comunica que va presentar un ERE para el cierre de la empresa .La denuncia me asegura el cobro de los 2 meses y la garantia de cobrar la indemnizacion?Es util denunciar y en que condiciones? GRACIAS.
publicado por Daniel, el 17.06.2009 14:32
hola, les agradeceria mucho me contestaran a la siguiente pregunta, soy colombiano, llevo 9 años en españa y no tengo documentos, quiero presentarlos por arraigo social pero no se que documentos debo presentar y que tipo de contrato debe firmar mi jefe, porque me dicen que la oferta de empleo no me sirve, he mirado en los formatos de trabajo que tiene el inem pero no se cual debo descargar, muchas gracias
publicado por ROSA ruperta, el 17.06.2009 17:58
respuesta a cristiane.
Buenas tardes, usted podra reclamar desde la antiguedad inicial si tiene documentacion que acredite esa subrogación. Compruebe si en su nomina le consta la antiguedad inicial. No obstante para una correcta resolución de su consulta habria que examinar la documentación que obre en su poder. saludos
publicado por Vicente javier saiz marco, el 18.06.2009 09:32
respuesta para rosa ruperta.
Buenas tardes, es necesario una oferta de contrato por un tiempo minimo de un año y debe obtener certificado d epenales de su pais, informe de arraigo del ayuntamiento donde resida, documentos que prueben su estancia en España durante al menos tres años y documentacion del empleador. Si reside en Madrid podemos gestionarle todo desde este despacho. Consulte precios. saludos
publicado por Vicente javier saiz marco, el 18.06.2009 09:38
Repuesta para Daniel. Debe denunciar salvo que el ERE este ya en marcha. saludos
publicado por Vicente javier saiz marco, el 18.06.2009 09:40
Respuesta a Samuel.

Buenas tardes, para darle una segunda opinion es necesario estudiar la documentación que tenga en su poder. La consulta en nuestro despacho se cobra a 50 euros, a partir de ese momento le hablariamos de posibilidades y de presupuesto para honorarios. saludos
publicado por Vicente javier saiz marco, el 18.06.2009 09:43
Respuesta a cristianne.

Buenas tardes, la subrogación, en caso de reclamación, debe ser probada por el trabajador. Lo importante es si la empresa cedente les entrego algun documento reconociendo que se respetaba la antiguedad inicial o si las nominas actuales reconocen la antiguedad inicial. saludos
publicado por Vicente javier saiz marco, el 18.06.2009 09:47
Buenos dias! Estuve trabajando en una empresa con contrato. Luego de 15 dias la empresa me dio de baja por no haber superado el periodo de prueba. La empresa me entrego la carta de notificacion y el certificado de empresa. Pero hasta la fecha 12 de Junio de 2009 aun no me ha pagado lo correspondiente a los 15 dias trabajados.Naturalmente yo no he firmado ninguna nomina ni finiquito. Mi pregunta es cuanto tiempo tengo disponible para hacer la denuncia correspondiente por el impago si la fecha de baja es desde el 22 de Mayo de 2009, y si tendria derecho a alguna compensacion en caso de seguir por la via legal para cobrar loque mecorresponde. Gracias por vuestra atencion.
publicado por Julio Cesar, el 19.06.2009 17:17
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